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JUECES INDIGNOS, ES CORRUPCIÓN: 104 FUNCIONARIOS JUDICIALES EN LA MIRA DE LA SUPREMA POR VIAJAR AL EXTERIOR CON LICENCIA MÉDICA

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by Redacción VDI Global
JUECES INDIGNOS, ES CORRUPCIÓN: 104 FUNCIONARIOS JUDICIALES EN LA MIRA DE LA SUPREMA POR VIAJAR AL EXTERIOR CON LICENCIA MÉDICA

Subtítulo: La Corte Suprema inició la revisión de los sumarios de 104 funcionarios judiciales investigados por viajes al exterior mientras tenían licencia médica. Las cortes de apelaciones ya los absolvieron en su mayoría. La Suprema debe decidir si avala ese perdonazo o invoca el artículo 80 de la Constitución para iniciar procesos de remoción. La Tercera Sala de la misma Suprema destituye sin matices a empleados públicos por la misma conducta. La doble vara está documentada. Y eso tiene un nombre.

En Chile, un empleado público que viaja al exterior con una licencia médica es destituido. La Tercera Sala de la Corte Suprema lo viene confirmando con consistencia: sin matices, sin circunstancias excepcionales, sin proporcionalidad. La orden de reposo médico implica descanso en el domicilio. Quien usa ese permiso para abordar un avión hacia el extranjero está cometiendo una falta grave que tiene consecuencias. Así lo ha establecido la jurisprudencia de la sala que avala las destituciones de funcionarios públicos que llegaron a través de recursos de protección.

Bien. Ahora viene la pregunta que el pleno de la Corte Suprema debe responder esta semana: ¿esa misma lógica aplica para los 104 funcionarios judiciales —jueces, ministros de corte, relatores— que hicieron exactamente lo mismo?

Porque si la respuesta es no —si la judicatura aplica para sí misma un estándar diferente al que impone para el resto del aparato del Estado— eso tiene un nombre que VDI Global no va a eufemizar: es corrupción institucional. No en el sentido de que alguien recibió dinero a cambio de un favor. En el sentido más preciso y más grave: el sistema que debe aplicar la ley igual para todos se aplica a sí mismo estándares distintos. Eso es lo que define la indignidad institucional. Y eso es exactamente lo que está ocurriendo.

104 FUNCIONARIOS: EL NÚMERO QUE LO DICE TODO

El lunes 9 de junio, el secretario de la Corte Suprema, Jorge Sáez, confirmó en un punto de prensa que el pleno se reunió para analizar los sumarios de 104 funcionarios judiciales investigados por "haber salido del país en circunstancias en que se encontraban haciendo uso de licencias médicas."

No son 104 casos excepcionales ni marginales. Son 104 funcionarios del primer escalafón judicial —la jerarquía superior del sistema— que cometieron la misma conducta que la Tercera Sala de la propia Suprema destituye sin contemplaciones cuando la cometen los empleados del Ejecutivo.

El pleno del lunes fue extenso. Partió luego del trabajo de sala y se extendió hasta pasadas las 19:00 horas. Los sumarios con recurso de apelación implicaron que el pleno escuchara los alegatos de los abogados representantes de los investigados. La extensión de la sesión dice algo sobre la complejidad de lo que está en juego: no es solo la suerte de 104 funcionarios. Es la credibilidad del sistema judicial chileno en su conjunto.

La Suprema convocó un pleno extraordinario para el martes a primera hora, donde los magistrados deliberarán y votarán qué hacer con las apelaciones. En esa instancia, sobre la mesa ya está la opción de abrir cuadernos de remoción. Hay "ánimo" para hacerlo en algunos ministros, según el propio secretario Sáez. Pero hay también el riesgo que fuentes judiciales no descartan: que el pleno haga el mismo perdonazo que ya hicieron las cortes de apelaciones en la mayoría de los casos.

EL PERDONAZO QUE YA OCURRIÓ EN LAS CORTES DE APELACIONES

La historia de estos 104 sumarios tiene un primer capítulo que es ya un escándalo por sí solo: en la mayoría de los casos, las cortes de apelaciones optaron por absolver, sobreseer o aplicar sanciones menores. En la mayoría de los casos, no se abrió cuaderno de remoción.

La Corte Suprema advirtió esto y por eso tomó la decisión de revisar no solo los sumarios con recurso de apelación sino también los que terminaron en sobreseimiento o absolución. Es decir, la Suprema quiere revisar los casos en que las cortes inferiores ya dijeron "aquí no pasó nada" y evaluar si esa conclusión es sostenible.

La presidenta de la Suprema, Gloria Ana Chevesich, explicó la lógica de esa decisión: "La Corte Suprema tiene la superintendencia directiva, correccional y económica sobre todos los tribunales del país y, por lo tanto, quiere saber cómo abordaron esos sumarios, quiere ver qué se decidió para tener una visión global."

Es una declaración que en su sobriedad institucional contiene una crítica implícita devastadora: la Suprema quiere revisar porque no confía en que las cortes de apelaciones hayan aplicado el estándar correcto. Es decir, la cúpula del Poder Judicial está diciendo que el nivel inferior del mismo sistema probablemente perdonó lo que no debía perdonar.

EL CASO URRUTIA: EL SÍMBOLO MÁS NÍTIDO DE LA IMPUNIDAD JUDICIAL

El precedente más conocido es el del juez Daniel Urrutia, magistrado del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. Fue investigado por dos episodios de viajes al exterior con licencia médica: Costa Rica en 2020 y Ecuador en 2022. Por el viaje a Costa Rica fue sobreseído. Por el viaje a Ecuador fue absuelto en una votación reñida de la Corte de Apelaciones de Santiago, con "duros reproches" pero sin sanción efectiva.

La UDI había pedido al presidente Kast que invocara el artículo 80 de la Constitución para iniciar el proceso de remoción de Urrutia directamente. El Defensor Penal Público Andrés Quezada calificó el asunto como "pelea chica."

Pelea chica. Un juez que usó su licencia médica para viajar al exterior en dos ocasiones documentadas, que fue investigado y absuelto con "duros reproches", y cuyo caso el Defensor Penal llama "pelea chica." Eso resume con precisión la cultura de autoprotección que el sistema judicial chileno ha desarrollado para sus propios miembros.

El caso Urrutia no es el más grave de los 104. Es el más visible. Pero la lógica que lo explica —investiga con apariencia de rigor, reprende con severidad verbal, absuelve con resultado práctico— es la misma que se aplicó en la mayoría de los otros 103 casos.

LA DOBLE VARA: EL ESCÁNDALO DENTRO DEL ESCÁNDALO

El elemento más demoledor de esta situación es la doble vara que La Tercera documenta con precisión. La Tercera Sala de la Corte Suprema —la misma corte que esta semana revisa los sumarios de los 104 funcionarios judiciales— ha estado confirmando, a través de recursos de protección, las destituciones de empleados públicos del Ejecutivo que viajaron al exterior con licencia médica.

Lo hace, en palabras del propio artículo de La Tercera, "sin importarle explicaciones, matices, circunstancias excepcionales o alguna escala de proporcionalidad."

Es decir: destitución sin matices para los funcionarios del gobierno. Reproches verbales y absolución para los funcionarios del Poder Judicial.

La geometría más reveladora es la siguiente: de los ministros de la Tercera Sala que empujan esa postura de mano dura, solo dos estuvieron presentes en el pleno que revisó los sumarios de los funcionarios judiciales: Jean Pierre Matus y Gonzalo Ruz. Los otros ministros que aplican sin matices la destitución para los empleados del Ejecutivo estuvieron ausentes del pleno que decidía sobre sus propios colegas.

Esa ausencia puede ser coincidencia de agenda. Puede también ser la expresión más elocuente del corporativismo judicial: los que aplican la ley sin matices para los ajenos no están presentes cuando hay que aplicarla para los propios.

POR QUÉ ESTO ES CORRUPCIÓN INSTITUCIONAL

El titular de este informe usa la palabra "corrupción" y la palabra "indignos" de manera deliberada y con respaldo analítico. No como insultos. Como descripciones.

Un juez indigno no es necesariamente un juez que recibe coimas. Es un juez que traiciona la confianza que la sociedad depositó en él al otorgarle la autoridad de administrar justicia. Ese juez puede traicionar esa confianza de muchas formas: fallando a favor de quien lo favoreció, usando su cargo para beneficio personal, incumpliendo las normas que él mismo aplica a los demás.

Viajar al exterior con licencia médica —usar el permiso por enfermedad para unas vacaciones o un viaje personal mientras el cargo está cubierto por la licencia que el Estado paga— es exactamente eso: usar el cargo para beneficio personal en violación de las normas que se aplican a todos. Cuando un juez lo hace, es un juez indigno. No porque la conducta sea extraordinariamente grave en términos absolutos —es una falta administrativa, no un crimen— sino porque quien administra justicia tiene la obligación de ser el primero en cumplir las reglas que administra.

La corrupción institucional existe cuando el sistema aplica estándares diferenciados según quién sea el sujeto. Eso es exactamente lo que está ocurriendo: destitución para los funcionarios del gobierno que viajan con licencia, absolución con reproches para los jueces que hacen lo mismo. Esa diferencia no tiene justificación jurídica. Tiene una explicación sociológica: el corporativismo del gremio judicial. Y ese corporativismo es la forma más difícil de combatir de la corrupción institucional porque opera sin que nadie tome decisiones explícitamente corruptas. Opera a través de la inclinación natural de un sistema a proteger a sus propios miembros.

EL ARTÍCULO 80 Y LO QUE DEBE OCURRIR

El artículo 80 de la Constitución establece que la Corte Suprema puede, a través de un proceso iniciado de oficio o a requerimiento del Presidente de la República o de la Cámara de Diputados, declarar que un juez ha tenido mal comportamiento y ordenar su remoción.

Es el instrumento de última ratio para la depuración judicial. Es también el instrumento que menos se ha usado en la historia del sistema judicial chileno, por razones que mezclan consideraciones legítimas de independencia judicial con la solidaridad corporativa que protege a los miembros del gremio de las consecuencias que se aplican a quienes son ajenos a él.

La invocación del artículo 80 en los casos más graves no es una opción política. Es la consecuencia lógica de aplicar coherentemente el estándar que la propia Suprema, a través de su Tercera Sala, ha establecido para el resto del Estado. Si viajar con licencia produce destitución en el Ejecutivo, debe producir al menos la apertura de un proceso de remoción en el Poder Judicial cuando el infractor es un juez.

No todos los 104 casos necesariamente ameritan remoción. Puede haber gradaciones de gravedad, circunstancias específicas que distingan unos casos de otros. Esa evaluación caso a caso es exactamente lo que el proceso del artículo 80 permite. Lo que no es aceptable es la absolución masiva que ya ocurrió en las cortes de apelaciones y que algunos temen que se replique en la Suprema.

EL RIESGO DEL PERDONAZO: LO QUE FUENTES JUDICIALES ADVIERTEN

Fuentes judiciales citadas por La Tercera no descartan que "en la Suprema pueda ocurrir un perdonazo, el mismo que ha ocurrido a nivel de cortes de apelaciones." Es la advertencia más honesta que el periodismo judicial ha publicado sobre este caso.

Si el perdonazo ocurre, la Suprema habrá enviado varias señales simultáneas. Primera: que la superintendencia correctiva del máximo tribunal funciona bien hacia afuera —hacia los funcionarios del Ejecutivo que viajan con licencia— y no funciona hacia adentro. Segunda: que el Caso Audios, con toda su devastación institucional, no fue suficiente para que el Poder Judicial aceptara aplicarse a sí mismo los mismos estándares que aplica a los demás. Tercera: que la indignidad judicial documentada en los 104 sumarios tiene protección institucional en el propio máximo tribunal.

Esas tres señales juntas configuran exactamente el tipo de corrupción institucional que más daño hace a la democracia: no la que se ve y se denuncia, sino la que opera en silencio a través de procedimientos formalmente correctos que producen resultados sustantivamente injustos.

LO QUE KAST Y EL CONGRESO PUEDEN HACER

El artículo 80 de la Constitución no requiere que la Suprema actúe sola. El Presidente de la República y la Cámara de Diputados también pueden requerir el inicio de un proceso de remoción por mala conducta.

Si la Suprema hace el perdonazo que algunos temen, el gobierno de Kast tendrá la oportunidad —y la obligación política, dado su mandato de rendición de cuentas— de actuar. No para interferir en la independencia judicial, que es un valor que VDI Global defiende, sino para activar el mecanismo constitucional que existe precisamente para los casos en que el sistema judicial no se aplica a sí mismo los estándares que debería.

La UDI ya lo hizo en el caso Urrutia. El presidente Kast podría hacerlo en los casos más graves que emerjan del proceso de esta semana. Es un instrumento legítimo. Es un instrumento que la Constitución estableció para exactamente este tipo de situación.

Chile necesita un Poder Judicial que se aplique a sí mismo lo que le aplica a todos los demás. Si la Suprema no puede garantizarlo esta semana, el sistema constitucional tiene los instrumentos para exigirlo.


🌍 Si este informe te aportó perspectiva, compártelo con quien crea que en Chile la ley debe aplicarse igual para todos, incluyendo a quienes la administran.

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