"NO HAY EVIDENCIA": EXPERTOS Y EXAUTORIDADES ADVIERTEN QUE LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE SEGURIDAD PODRÍA DURAR "CASI UN AÑO SIN CONTROL DEL CONGRESO"
Ya conocido el texto definitivo de la reforma constitucional de seguridad que esta columna ha seguido en cada capítulo de su tramitación —desde el desmarque de Guillermo Ramírez hasta el respaldo del general en retiro Cristián Vial—, un nuevo grupo de exautoridades y expertos consultados por El Mercurio plantea observaciones sobre el diseño de la iniciativa que trascienden el debate estrictamente político. Esta columna examina estas críticas técnicas, que se concentran en tres puntos específicos: la duración del nuevo estado de excepción, la restricción de beneficios sociales para condenados, y la ambigüedad sobre quién ejercerá el mando en los territorios intervenidos.
El punto más controvertido: hasta 240 días sin control del Congreso
Esta columna considera indispensable precisar, con el detalle técnico que exige este debate, el mecanismo exacto que genera mayor preocupación entre los consultados: el nuevo estado de excepción constitucional contempla una extensión máxima de 120 días, prorrogable por una vez por decisión del propio Ejecutivo —es decir, hasta 240 días sin que medie ningún control parlamentario—, y con nuevas prórrogas adicionales posibles solo con acuerdo del Congreso.
El exministro del Interior Jorge Burgos fue categórico: "me parece excesivo el plazo que puede llegar a 240 días, sin opinión del Congreso", detallando que esa duración "va mucho más allá del estado de excepción de guerra interna-estado de sitio, de mucho mayor complejidad". Burgos agregó, además, una crítica de fondo sobre el propio mecanismo: "transforma un estado excepcional en uno casi permanente", advirtiendo que "los riesgos de vulneración de derechos fundamentales son mayores, en consecuencia".
"Va más allá de estados de excepción de mucho mayor complejidad"
Esta columna reproduce, por su relevancia técnica, la crítica adicional de Burgos sobre la naturaleza excepcional que debería tener cualquier medida de este tipo: "el uso de medidas excepcionales no deben extenderse en el tiempo porque precisamente responden a situaciones en las que por razones justificadas requieren de una medida de excepción". La directora ejecutiva del Centro Justicia y Sociedad UC, Francisca Werth, coincidió en el diagnóstico: "el que llama poderosamente la atención es el largo plazo de duración de un régimen normativo y con restricción de derechos, tan extenso".
El exfiscal jefe de La Serena, Marcelo Sanfeliú, fue igualmente enfático: "sería el único estado de excepción tan extenso que podría durar casi un año sin control del Congreso. Esto me parece grave porque transforma un estado excepcional en uno casi permanente".
"No hay evidencia" de que restringir beneficios sociales sirva para algo
Esta columna considera que el segundo punto crítico de esta cobertura conecta directamente con la controversia que ya documentamos en nuestra secuencia sobre el desmarque de la UDI: la restricción de beneficios sociales —salud, educación, trabajo y seguridad social— para condenados por delitos vinculados al crimen organizado y terrorismo, que se extendería por 15 años después del cumplimiento de la condena. Werth fue categórica en cuestionar el fundamento empírico de esta medida: "toda pena dice relación con un delito que cometió una persona y solo alcanza esa conducta y la participación que le cabe en ese delito. No hay evidencia de que restringir derechos sociales, que además podrían ser una medida de reinserción efectiva como la educación o trabajo, tenga algún efecto positivo respecto de las personas condenadas".
Werth agregó, además, una crítica sobre la proporcionalidad de la medida: "creo que este será un punto crítico de la reforma que va a ser debatido también a la luz de estándares internacionales. Además creer que esta restricción puede ser disuasivo para las personas o para el crimen organizado o terrorismo, en cuanto organización, es incorrecto y tiene un tema con la proporcionalidad de la sanción respecto de delito cometido".
"Atenta contra tratados internacionales de Derechos Humanos"
Esta columna considera que la crítica más grave, desde el punto de vista jurídico internacional, es la que formuló Sanfeliú sobre esta misma restricción de beneficios sociales: sostuvo que "atenta contra tratados internacionales de Derechos Humanos", precisando un ejemplo concreto que esta columna reproduce con la literalidad que merece: "incluso podría significar que mientras la condena no pueda atenderse en el Hospital de Gendarmería porque es un servicio público de salud. O en caso de que cumpla la condena, en donde el Estado ejerció su facultad punitiva aplicando sanciones graves, tenga una pena accesoria que sobrepase el límite de la condena originalmente impuesta". Sanfeliú fue tajante en su conclusión: "la verdad no tiene sentido y en mi opinión es un retroceso en materia de aplicación de penas".
La ambigüedad sobre el mando: "debe resolverse ese punto con claridad"
Esta columna considera que el tercer eje crítico de esta cobertura confirma, con el respaldo adicional de estos expertos, exactamente la misma preocupación que ya documentamos a partir del testimonio del senador y general en retiro Cristián Vial sobre la ambigüedad del mando en el nuevo estado de excepción. Burgos advirtió que la norma "deja abierta la posibilidad de que el Presidente designe a un oficial de las fuerzas de Seguridad, con mando, sobre las Fuerzas Armadas, situación que debe evitarse, a mi juicio", agregando que "la colaboración de las FF.AA. queda muy abierta, sujeta a una ley que aún no existe. A mi juicio, de prosperar esta norma, la colaboración debiera centrarse en inteligencia, cuidado de los perímetros de las zonas declaradas en excepción constitucional".
Sanfeliú fue explícito sobre la relevancia de resolver esta ambigüedad antes de la tramitación definitiva: respecto de quién lideraría en las zonas afectadas, sostuvo que "debe resolverse ese punto con claridad, porque es importante que el mando esté claro y exista una eficiente coordinación entre las policías y Carabineros u otras fuerzas de orden". Esta columna considera que esta observación, formulada independientemente por un exfiscal, un exministro del Interior y —según ya documentamos— por un senador general en retiro, confirma que la indefinición sobre el mando no es una objeción política aislada, sino un consenso técnico transversal que el Ejecutivo debe resolver con la máxima claridad posible durante la tramitación en el Senado.
Un dato adicional: la remisión de penas y Gendarmería, otro frente de cuestionamiento
Esta columna considera relevante un antecedente adicional que aporta esta cobertura, vinculado a la propia gestión penitenciaria: el propio Burgos sostuvo que "la remisión es una ley tan abierta al encuentro de riesgos para la afectación de derechos inalienables. También la entrega a nivel constitucional a una institución tan cuestionada como Gendarmería, me parece que requiere de una profunda discusión en el debate parlamentario".
El itinerario legislativo: Constitución, Seguridad y Defensa en el Senado
Esta columna precisa, para efectos de seguimiento, que en su primer trámite el proyecto pasará por las comisiones de Constitución, Seguridad y Defensa del Senado —las mismas cuatro comisiones que esta columna ya identificó bajo control opositor en su cobertura sobre "el Senado, la gran prueba de fuego para la ACOT"—, lo que confirma que estas objeciones técnicas encontrarán, en esas instancias, un terreno fértil para su discusión formal.
Lectura editorial: objeciones técnicas que el Ejecutivo debe resolver, no descartar
Esta columna considera que estas críticas, formuladas por exautoridades de gobiernos anteriores y por académicos especializados en derecho penal y sociedad, se suman con solidez al conjunto de objeciones técnicas que ya documentamos a lo largo de toda esta cobertura sobre la reforma constitucional de seguridad: primero, el riesgo de hiperconstitucionalización que planteó Guillermo Ramírez; segundo, la ambigüedad sobre el mando militar-policial que expuso con crudeza el senador Cristián Vial; y ahora, tercero, la duración excesiva del nuevo estado de excepción y la falta de evidencia empírica sobre la eficacia de restringir beneficios sociales a condenados, que plantean estos expertos consultados.
Esta columna respalda el fondo de la agenda de seguridad del gobierno de Kast, coherente con la posición sostenida a lo largo de toda esta cobertura. Pero considera que la acumulación de objeciones técnicas específicas y bien fundamentadas —provenientes de fuentes tan diversas como un general en retiro republicano, un exministro del Interior de la Concertación, y académicos especializados en derecho penal— exige que el Ejecutivo aborde cada una de ellas con seriedad durante la tramitación en el Senado, en lugar de tratarlas como un simple obstáculo político a superar mediante negociación de votos.
Lo que corresponde exigir
Esta columna exige que el gobierno entregue una justificación técnica explícita para el plazo de 240 días sin control parlamentario, o que acepte acotarlo a un período más razonable con supervisión legislativa más temprana. Exige, además, que se resuelva con la máxima claridad la estructura de mando del nuevo estado de excepción antes de su aprobación definitiva, y que se revise la restricción de beneficios sociales a la luz de la evidencia empírica disponible sobre reinserción, en lugar de mantenerla como una medida cuya eficacia disuasiva, según coinciden los propios expertos consultados, carece de sustento comprobado.
Conclusión: consenso técnico transversal que el Congreso debe atender
Esta columna concluye que estas objeciones técnicas, formuladas por un espectro amplio de exautoridades y expertos, refuerzan la necesidad de un debate legislativo riguroso sobre el diseño específico de esta reforma constitucional, más allá de su respaldo político transversal ya verificado. VDI Global seguirá de cerca la discusión en las comisiones de Constitución, Seguridad y Defensa del Senado, y si estas críticas técnicas logran traducirse en ajustes concretos al texto final.