UN DELINCUENTE EN POTENCIA: CONTRALORÍA ABRE LA PUERTA A QUE LA CONDUCTA DE THAYER CONSTITUYA PREVARICACIÓN ADMINISTRATIVA, MIENTRAS LA UNIVERSIDAD CATÓLICA QUE LO EMPLEABA YA LO DESVINCULÓ POR EL ESCÁNDALO
El informe final de Contraloría sobre el caso de los niños haitianos no se limitó a constatar fallas de coordinación: estableció, con lenguaje jurídico inequívoco, que el exdirector de Migraciones, Luis Eduardo Thayer, "se arrogó atribuciones propias de los poderes colegisladores" al modificar mediante un simple memorándum los requisitos de ingreso que solo la ley puede fijar, configurando lo que el propio organismo calificó de "evidente vulneración a nuestro ordenamiento jurídico". Un académico de la Universidad Autónoma advierte que esa conducta podría configurar delitos funcionarios como prevaricación administrativa o usurpación de funciones, aunque será la Fiscalía quien determine si los hechos alcanzan el estándar penal o se agotan en el plano administrativo. Mientras esa investigación avanza, la Universidad Católica Silva Henríquez ya desvinculó a Thayer de su cargo como investigador, citando expresamente el daño reputacional que su exposición mediática generó a la institución.
Lo que Contraloría estableció, con la precisión que la gravedad exige
El informe final de la Contraloría General de la República fue, en sus propias palabras, lapidario respecto de la gestión de Thayer al frente del Servicio Nacional de Migraciones. El hallazgo central es la confirmación de que, en mayo de 2024, el servicio dictó un memorándum que definió "excepciones a los requisitos, documentos y vigencias legales o procesos excepcionales de revisión que no están contemplados en la normativa legal y reglamentaria" bajo la figura de reunificación familiar.
El organismo contralor fue explícito sobre la magnitud jurídica de esa decisión: "Los requisitos y documentación idónea para el ingreso y egreso del país están establecidos en la citada ley y en sus respectivos reglamentos, no pueden ser modificados o exceptuados mediante un simple memorándum, como se hizo a través del documento que se adjunta en la respuesta del servicio, pues ello implica arrogarse atribuciones propias de los poderes colegisladores, o de la potestad reglamentaria en su caso."
Y concluyó, sin matices: "Al haberse adoptado la decisión de que se trata solo mediante un memorándum, en circunstancias que se trata de materias de ley o, en su caso, reglamentarias, sometidas a control de juridicidad preventivo, se configuró una evidente vulneración a nuestro ordenamiento jurídico."
Es, en términos llanos, la confirmación oficial de que el director de un servicio público se atribuyó, mediante un documento administrativo interno, una facultad que la Constitución reserva exclusivamente al Congreso o a la potestad reglamentaria del Presidente. El propio artículo 7 de la Constitución, citado por Contraloría, establece que "todo acto en contravención a este artículo es nulo y originará las responsabilidades y sanciones que la ley señale."
La defensa de Thayer: "tiene todo el fundamento legal"
Thayer no ha aceptado esta caracterización. A la salida de la comisión donde se discutieron estos hallazgos, reiteró que el memorándum "tiene todo el fundamento legal. Y esto es lo que vamos nosotros a exponer, ciertamente, en las investigaciones y en las instancias administrativas y, eventualmente, judiciales que vamos a evaluar por delante."
Agregó: "Yo voy a hacer uso de la información y de los elementos jurídicos de que dispongo, a partir de los cuales fundé la decisión que tomé. Y yo lo que les puedo decir es que tengo la convicción y por eso hay un debido proceso, de que esas decisiones, respecto del consulado haitiano y respecto al consulado venezolano tienen fundamento en la ley, no solo en la ley de migraciones, sino también en el estatuto administrativo."
Es importante, con el mismo rigor que esta cobertura sostiene siempre, registrar esa defensa con la misma claridad que se registra la acusación de Contraloría: Thayer sostiene que actuó dentro de sus facultades legales, y tendrá la oportunidad de presentar esos argumentos en el debido proceso administrativo y, eventualmente, judicial que ahora se abre. La calificación de "evidente vulneración" que hace Contraloría es la posición del organismo contralor, no una sentencia firme sobre su responsabilidad penal o administrativa final.
Lo que arriesga: de la destitución a la posible prevaricación
Contraloría instruyó sumarios administrativos en los tres servicios auditados —Sermig, PDI y Subsecretaría de la Niñez— para determinar responsabilidades funcionarias, lo que incluiría a Thayer dado que él lideraba el Sermig al momento de los hechos.
El académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma, Óscar Olivares, detalló a qué tipo de sanciones se expone Thayer incluso habiendo dejado ya su cargo: "El sumario administrativo debe continuar hasta su término. Si la gravedad de la falta —como alterar requisitos de una ley de Extranjería sin atribuciones— determina que le habría correspondido la sanción máxima de destitución, la consecuencia legal y práctica es la inhabilitación para ejercer cargos públicos por un período de 5 años."
Pero Olivares fue más allá, señalando que la conducta descrita podría trascender el plano puramente administrativo: "Cuando un jefe de servicio toma decisiones fuera de las facultades que le otorga la ley, arrogándose poderes que no posee o dictando actos administrativos contrarios al texto expreso de la ley —como modificar normas de ingreso al país mediante un simple memo interno—, la investigación del Ministerio Público podría apuntar a delitos funcionarios." Especificó que esas figuras "suelen enmarcarse en figuras como la prevaricación administrativa —dictar a sabiendas resoluciones arbitrarias o manifiestamente injustas en un asunto administrativo— o abuso contra particulares o usurpación de funciones."
El propio académico fue cuidadoso en delimitar qué está establecido y qué todavía es una posibilidad abierta: "Quedará en manos de la Fiscalía decidir si los hechos reúnen los requisitos penales para una formalización o si se agotan exclusivamente en infracciones de carácter administrativo." Es decir, hasta el momento de este informe, Thayer no ha sido formalizado ni imputado penalmente por estos hechos. Lo que existe es un informe administrativo de Contraloría que abre la puerta a esa posibilidad, y un sumario en curso cuyo resultado todavía no se conoce.
El daño político: "una narrativa de fallas multisistémicas del gobierno anterior"
Más allá de las consecuencias jurídicas individuales que Thayer pueda enfrentar, el director del Laboratorio de Democracia y Gobierno de la Universidad San Sebastián, Kenneth Bunker, situó este caso dentro de un patrón político más amplio que esta cobertura ya ha documentado extensamente durante toda la sesión: "Desde la herencia fiscal a los casos de corrupción, hay múltiples áreas que son abiertas y ayuda básicamente a consolidar una narrativa de fallas multisistémicas del gobierno anterior."
Sobre el área migratoria específicamente, Bunker fue directo: "Los chilenos creo que entienden que hay una asociación entre la migración y la crisis de seguridad... En la historia va quedando más claro que el gobierno anterior fue partícipe de haber bajado las barreras, de no haber hecho lo suficiente, y creo que obviamente eso daña la reputación de ese gobierno del presidente anterior, y genera duda sobre qué otro tipo de puertas se abrieron."
Es exactamente la misma conclusión que esta cobertura ha venido construyendo, episodio por episodio, durante toda esta sesión editorial: el caso de los niños haitianos no es un hecho aislado, sino una pieza más dentro de un patrón de decisiones administrativas del gobierno de Boric que, examinadas en conjunto, configuran una responsabilidad política de fondo que ya no puede sostenerse como hipótesis razonable, sino como hecho establecido por organismos técnicos como la propia Contraloría.
La desvinculación de la UCSH: el costo reputacional ya está ocurriendo
Mientras el proceso administrativo y la eventual investigación penal siguen su curso, el costo reputacional para Thayer ya se materializó de manera concreta. La Universidad Católica Silva Henríquez, donde se desempeñaba como investigador, comunicó el viernes pasado el término de su contrato de trabajo, formalmente por "necesidades de la empresa" en el contexto de una grave situación financiera de la institución, con pérdidas operacionales superiores a los 7.502 millones de pesos entre 2022 y 2024 y una caída de matrícula de casi 17%.
Pero la propia comunicación de desvinculación fue explícita en señalar que la decisión también respondía directamente a la exposición mediática de Thayer en el contexto del caso de los niños haitianos: "Ha resultado ineludible considerar situaciones de reciente ocurrencia que han expuesto la imagen institucional, afectando nuestra marca y su prestigio, producto de su comparecencia en medios de comunicación nacional por coyunturas ajenas al quehacer académico de la Universidad."
La universidad citó específicamente una entrevista a 24 Horas en la que, según su versión, "fue reiteradamente señalada su calidad de académico de la Universidad en conjunto con un cargo recientemente ejercido por usted, sin aclaración de su parte de que dicha entrevista la realizaba como ex Director Nacional de un servicio público y no como académico de la Universidad Católica Silva Henríquez." Y agregó una consecuencia institucional adicional, de notable sensibilidad dado el carácter confesional del plantel: "Dicha conducta ha traído cuestionamientos a la Iglesia Católica en redes sociales, producto del vínculo —injustificado en el contexto ya señalado— con nuestra Universidad y su carácter de institución de la Iglesia."
Lo que esto confirma sobre el alcance real de este caso
El conjunto de estos hechos —el hallazgo jurídico de Contraloría, la apertura de sumarios administrativos, la posibilidad explícita de delitos funcionarios que un académico especializado ya formula públicamente, y la desvinculación laboral inmediata por daño reputacional— confirma que las consecuencias del caso de los niños haitianos para quien dirigió la institución más directamente responsable del control migratorio durante el período investigado ya no son solo políticas o mediáticas. Son, en este momento, jurídicas y económicas concretas, con un proceso administrativo en curso cuyo resultado determinará si Thayer enfrenta además, como advierte Olivares, una investigación penal por prevaricación administrativa o usurpación de funciones.