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"EL VIOLADOR DE LA MONEDA": LA CORTE REVIERTE EL BENEFICIO Y REPONE EL ARRESTO TOTAL A MONSALVE

"EL VIOLADOR DE LA MONEDA": LA CORTE REVIERTE EL BENEFICIO Y REPONE EL ARRESTO TOTAL A MONSALVE

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by Redacción VDI Global

La Corte de Apelaciones de Santiago revirtió este viernes, en una decisión dividida, el fallo del 7° Juzgado de Garantía que apenas días antes había rebajado las medidas cautelares del exsubsecretario del Interior, Manuel Monsalve —imputado por los delitos de violación y abuso sexual contra una exsubordinada—, devolviéndolo a la situación de arresto domiciliario total que cumplía antes de esa rebaja. Esta columna, que documentó en detalle la resolución anterior bajo el título "el violador de La Moneda sigue obteniendo beneficios", actualiza ahora su cobertura con un desenlace que revierte esa tendencia: la Novena Sala del tribunal de alzada consideró que Monsalve "constituye un peligro para la seguridad de la víctima", devolviéndole al caso la severidad procesal que la resolución de primera instancia había flexibilizado.

La decisión: dividida, pero con fundamentos sólidos

La resolución de la Corte de Apelaciones fue adoptada en votación dividida, con los votos a favor de la ministra Jenny Book y el ministro suplente Christian Carvalho, y el voto en contra del ministro Guillermo Rodríguez. Pese a esa división interna del tribunal, la mayoría fue clara en fundamentar su decisión sobre la base de tres argumentos concretos y verificables, que esta columna reproduce con la precisión que exige un fallo de esta naturaleza.

En primer lugar, la Corte sostuvo que el solo transcurso del tiempo desde el inicio de la causa —el argumento central que había esgrimido la defensa de Monsalve para solicitar la rebaja de sus medidas cautelares, y que el juzgado de garantía había acogido en su resolución anterior— no es, de conformidad con lo dispuesto en su momento por la propia Corte Suprema, suficiente por sí solo para modificar una medida cautelar ya establecida. Esta columna ya había señalado, en su cobertura previa, que el argumento del "transcurso del tiempo" resultaba llamativamente débil frente a la gravedad de los hechos investigados, y la propia Corte de Apelaciones parece haber coincidido con esa lectura crítica.

En segundo lugar, y este es el elemento más grave revelado por esta nueva resolución, el tribunal de alzada estableció que se encuentra acreditado que "ciertos hostigamientos" fueron efectuados por el propio imputado en contra de la víctima. Se trata de un antecedente nuevo y significativo que no formaba parte del análisis original de esta columna: la Corte no solo revirtió el criterio sobre el paso del tiempo, sino que incorporó evidencia concreta de conductas de hostigamiento posteriores a los hechos originales, lo que refuerza sustancialmente el estándar de peligrosidad procesal que justifica una medida cautelar más estricta.

En tercer lugar, la Corte fundamentó su decisión en la necesidad de protección hacia la denunciante, "dado el severo daño que se le ha causado". Y, finalmente, en la inminencia del juicio oral en contra del propio Monsalve, un elemento procesal que razonablemente incrementa el riesgo de que el imputado intente interferir con el desarrollo normal de esa instancia judicial, ya sea a través de presiones directas o indirectas hacia la víctima o hacia testigos del proceso.

El expediente revela el trasfondo completo del caso

Esta nueva cobertura periodística de El Mercurio permite además reconstruir, con mayor detalle del que esta columna había tenido acceso previamente, la cronología completa de los hechos que dieron origen a esta causa. Según los antecedentes contenidos en el expediente que tramita la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales (Brisexme) de la PDI, lo que comenzó como una comunicación de carácter personal entre Monsalve y la denunciante derivó rápidamente en una convivencia en el domicilio de la víctima hacia fines de ese mismo mes, en marzo de 2025. Fue en ese contexto de convivencia donde, a comienzos de marzo, se registró el primer episodio de violencia pública en un local nocturno, motivado, según consta en la indagatoria del Ministerio Público, por celos: el imputado insultó a la víctima, la tomó por la fuerza y la arrastró fuera del recinto, causándole lesiones.

La interacción entre el imputado y la víctima se inició, según precisa la propia indagatoria, el 25 de febrero de 2025 en Santiago. El expediente detalla además que los cargos que enfrenta Monsalve incluyen, más allá de la violación y el abuso sexual ya conocidos públicamente, lesiones menos graves, amenazas, uso no autorizado de tarjeta bancaria y grabación de comunicaciones privadas, todos estos últimos cometidos, según la imputación, respecto de la misma denunciante, exsubordinada del entonces subsecretario del Interior.

El caso del ciudadano uruguayo: una formalización que no se concretó

En la misma jornada judicial, y en el marco de una audiencia que había sido programada para tratar en paralelo otra causa, el ciudadano uruguayo Fernando Silva no se presentó a la audiencia de formalización en su contra por los delitos de lesiones, amenazas, daños, uso no autorizado de tarjeta bancaria y grabación de comunicaciones privadas, todos ellos cometidos respecto del mismo denunciante exsubsecretario Monsalve, ahora en calidad de víctima en esta causa distinta.

El fiscal José Morales, de la zona metropolitana Centro Norte, explicó ante el tribunal las circunstancias de esta inasistencia: "lamentablemente no fue notificado en San Pedro de Atacama, donde fijó su domicilio, por lo que la fiscalía solicitó un nuevo día, que se fijó para el 21 de septiembre". El propio persecutor fue explícito respecto de sus expectativas sobre el paradero del imputado: "aunque añadió que 'lo más probable es que esté en el extranjero, de acuerdo a los testigos que tenemos'". Ante esa dificultad de notificación, el mismo juzgado resolvió reagendar la instancia para el 21 de septiembre próximo, dejando pendiente la formalización de esta causa paralela, que involucra al propio Monsalve como parte denunciante en un episodio de naturaleza distinta al proceso principal que se sigue en su contra.

La reacción del fiscal regional: fundamentos "en varios motivos"

El fiscal regional metropolitano Centro Norte, Francisco Jacir, respaldó públicamente la decisión de la Corte de Apelaciones, explicando de manera sintética los mismos fundamentos que ya reprodujo esta columna: que el transcurso del tiempo por sí solo no justifica modificar una medida cautelar previamente establecida por la propia Corte Suprema; que existen hostigamientos acreditados del imputado hacia la víctima; que persiste la necesidad de protección dado el severo daño causado; y que se aproxima el juicio oral, lo que incrementa el estándar de cautela procesal requerido.

Por qué esta columna respalda la corrección de la Corte de Apelaciones

Esta línea editorial ya había cuestionado, en su cobertura anterior, la asimetría procesal que representaba la sucesión de beneficios obtenidos por Monsalve —primero ante la Corte Suprema en mayo de 2025, luego ante el 7° Juzgado de Garantía apenas días atrás—, calificando ese patrón como una acumulación de rebajas cautelares difícil de justificar frente a la gravedad de los delitos investigados y frente al reconocimiento explícito de la propia Fiscalía de que existían "presunciones fundadas" sobre la existencia del hecho y la participación del imputado. La resolución de la Corte de Apelaciones de esta semana confirma, en los hechos, que esa crítica editorial no era infundada: fue precisamente el argumento más débil de todos los esgrimidos por la defensa —el simple paso del tiempo— el que terminó siendo desestimado por el tribunal de alzada, mientras que la incorporación de nueva evidencia sobre hostigamientos del propio imputado hacia la víctima reforzó, de manera contundente, la necesidad de mantener la medida cautelar más severa disponible dentro del catálogo legal, sin llegar a la prisión preventiva.

Lo que corresponde seguir exigiendo

Esta columna mantiene su exigencia de que el proceso judicial contra Manuel Monsalve avance con la celeridad y el rigor que la gravedad de los delitos investigados demanda, particularmente considerando que se trata de una persona que ejerció, hasta hace relativamente poco tiempo, la segunda autoridad del Ministerio del Interior de Chile. La proximidad del juicio oral, mencionada explícitamente por la propia Corte de Apelaciones como uno de los fundamentos de esta decisión, debe traducirse en un proceso que se desarrolle sin nuevas dilaciones evitables, de modo que tanto la víctima como el propio imputado —que mantiene la presunción de inocencia hasta que exista sentencia firme— obtengan la resolución definitiva que este caso amerita desde hace ya más de un año.

Conclusión: el sistema se corrige, aunque tarde

El desenlace de esta semana confirma que el sistema de revisión judicial chileno, a través de sus instancias de apelación, es capaz de corregir decisiones de primera instancia que, como esta columna ya había advertido, resultaban difíciles de justificar frente a la totalidad de los antecedentes del caso. Que haya sido necesaria una apelación, y no una evaluación más rigurosa desde el inicio por parte del propio juzgado de garantía, para llegar a esta conclusión, es en sí mismo un antecedente que merece quedar registrado en el seguimiento que esta columna seguirá haciendo de este caso hasta su resolución definitiva.

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