INSÓLITO: 56 REBAJAS DE CONDENA A ABUSADORES Y VIOLADORES DE MENORES EN SEIS MESES, SIN ORDEN DE NINGÚN JUEZ: EL GOBIERNO DICE QUE SOLO CUMPLIÓ LA LEY
Este artículo no identifica a condenados ni a víctimas. Las personas beneficiadas fueron condenadas por sentencia judicial; la discusión es sobre la reducción del tiempo efectivo de privación de libertad, no sobre su culpabilidad.
El Ministerio de Justicia dictó 56 decretos de rebaja de condena a personas sentenciadas por abuso sexual y violación de menores entre el 11 de marzo y el 13 de septiembre de 2026: 27 por abuso sexual y 29 por violación, un decreto cada tres días. Ninguna de las rebajas respondió a un recurso de amparo ni a otra orden judicial: las solicitudes entraron al Ministerio y fueron acogidas, salvo una. El Gobierno sostiene que aplicó la ley y la doctrina de la Corte Suprema, y acusa «mala intención» en las críticas. Diputados de distintos sectores piden explicaciones, una reforma constitucional y una interpelación al ministro.
Qué se sabe
Los datos constan en una respuesta oficial de la Subsecretaría de Justicia a una solicitud de transparencia. Entre el inicio del mandato del presidente José Antonio Kast, el 11 de marzo, y el 13 de septiembre, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dictó 56 decretos exentos que reducen condenas a sentenciados por delitos sexuales contra menores. Veintisiete corresponden a abuso sexual y 29 a violación.
El ritmo es de un decreto cada tres días, unos nueve al mes. Solo se rechazó una solicitud, en un caso de abuso sexual de un menor. Cada decreto se dicta, textualmente, «por orden del Presidente de la República».
Lo que el país no sabe es tanto como lo que sabe. Los antecedentes disponibles no informan cuántos años o meses se rebajaron en cada caso. Tampoco cuántos de los hechos ocurrieron antes o después de la ley de 2022 que prohibió estos beneficios para quienes abusan de menores. Ni cuántos condenados ya salieron en libertad. Son las tres preguntas que permitirían medir el daño, y el Ministerio no las había respondido hasta el cierre de las notas consultadas.
Cómo funciona la rebaja
La rebaja de condena está regulada por la Ley 19.856. El mecanismo es administrativo. Gendarmería elabora cada año un listado de internos que cumplen los criterios formales. La Comisión de Reducción de Condenas califica su conducta, la Secretaría Regional Ministerial verifica los requisitos y la División de Reinserción Social revisa los antecedentes. Luego el Ministerio prepara el decreto y el Presidente lo firma.
En 2022, la Ley 21.421 modificó ese régimen y excluyó de la rebaja a los condenados por delitos sexuales contra menores. Desde entonces, la pregunta es si esa exclusión rige para delitos cometidos antes de su publicación. El Ministerio reconoce que hay una discusión judicial.
La defensa del Gobierno
El ministro de Justicia, Fernando Rabat, sostiene que el Ministerio solo aplicó una doctrina de la Corte Suprema: antes de 2022, el máximo tribunal acogió amparos de condenados por estos delitos y les reconoció el derecho a rebajas. Dijo que lo hecho es «el cumplimiento de sentencia de la Corte Suprema» y que firmar los decretos es «cumplir la sentencia judicial a través de un acto administrativo». La cartera afirma además que la facultad es reglada: si se cumplen los requisitos y no hay causal de exclusión, no podría negar la rebaja.
El nuevo vocero de Gobierno, Gonzalo Arenas, calificó de «mal intencionada» la noticia. Dijo que «este es un procedimiento establecido en la ley, no es arbitrario», que el Ejecutivo «no puede hacer mucho más» que cursar las solicitudes aprobadas por las comisiones y que «el procedimiento fue impecable».
Ese es el argumento. Merece ser tomado en serio, y también examinado.
Donde la defensa se debilita
Primero: nadie se lo ordenó. La defensa del Gobierno habla de cumplir sentencias. Pero según las notas consultadas, ninguna de las 56 rebajas nació de un amparo ni de una orden judicial. Fueron solicitudes que entraron al Ministerio y que el Ministerio acogió. Un diputado recordó cómo se hacía antes: las solicitudes se rechazaban y los condenados recurrían a los tribunales, que decidían. Ahora el Ministerio se adelantó a los jueces y concedió directamente. Cumplir una sentencia es una cosa. Anticiparse a ella es otra.
Segundo: la doctrina no es unívoca. Un fallo de la Corte Suprema de marzo de 2026 revocó una decisión que había acogido un amparo contra el Ministerio por una rebaja negada a un condenado por delitos sexuales contra menores cometidos entre 2008 y 2010. El máximo tribunal resolvió que la ley «concede un beneficio y no establece un derecho», que el interno solo tenía «una mera expectativa» y que la exclusión de 2022 es una norma «imperativa y de cumplimiento irrestricto» para el Ministerio. Es decir: en un caso de este mismo año, la Suprema respaldó que el Ministerio negara la rebaja. Si la doctrina fuera tan clara como dice el Gobierno, invocarla sería más simple. Hay interpretaciones distintas, y el Ministerio eligió la más favorable al condenado, en un tema donde la duda debería favorecer a los niños.
Tercero: la ley es una señal. El Congreso prohibió en 2022 estas rebajas porque consideró inaceptable que quienes abusan de menores acorten su pena. Que una norma esté en discusión sobre su alcance no autoriza a interpretarla del modo más generoso. Un gobierno que se presenta como firme con la delincuencia tiene el deber de usar la lectura más protectora cuando la ley admite dos.
Cuarto: la firma. El vocero dice que el Ejecutivo no puede hacer más que cursar las solicitudes. Pero el decreto lo firma el Presidente. Si el procedimiento fuera automático, no necesitaría una firma presidencial. La firma existe precisamente para que alguien responda por lo que se decide.
Quinto: la contradicción. El 31 de agosto, el Presidente y la ministra de Desarrollo Social presentaron el «Plan Chile Cuida a los Niños». Durante esos mismos meses, el Ministerio de Justicia firmaba rebajas a quienes abusaron de ellos. Un gobierno puede tener una política de protección de la infancia o una práctica de rebajas a abusadores. Tener ambas obliga a explicar cuál pesa más.
Las reacciones
La crítica no viene de un solo sector. El diputado Jorge Guzmán, de Evópoli, dijo que hubiese esperado que los casos pasaran por la corte antes de cualquier rebaja y que «esto tiene que terminar». El diputado republicano Luis Sánchez también cuestionó las rebajas. Desde la oposición, el diputado Jaime Mulet calificó la situación de «extremadamente grave» y afirmó que «rebajar condenas es indultar si se hace por el Ministerio de Justicia y no ha actuado ningún juez». El diputado Marcos Barraza, del Partido Comunista, dijo que el Gobierno «ha traspasado un límite inaceptable», y su bancada reúne firmas para interpelar al ministro.
La Defensoría de la Niñez sostuvo que aplicar un estándar general que otorga beneficios «implica una inobservancia de derechos de niños, niñas y adolescentes», pidió explicaciones y no descarta acciones administrativas o judiciales.
En el Congreso hay además una reforma constitucional de diputados de Renovación Nacional, impulsada por Ximena Ossandón. Propone que los beneficios de reducción de condena para delitos sexuales se rijan por la ley vigente al momento de resolver, que se aplique a los procedimientos pendientes y que queden sin efecto los beneficios concedidos administrativamente en los seis meses previos. Ossandón dijo: «No podemos tolerar que violadores y abusadores reduzcan sus penas». También se anunció un proyecto de la senadora Núñez para impedir rebajas por delitos sexuales.
La presidenta de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, dijo no tener información sobre lo ocurrido.
Lo que las fuentes no dicen
No hay datos sobre cuánto se rebajó cada pena ni cuántos beneficiarios fueron liberados. No se sabe cuántos hechos son anteriores a 2022. No hay información sobre las edades ni el número de víctimas, ni sobre si ellas o sus familias fueron informadas. El Ministerio no había respondido cuántas personas están detrás de los decretos ni si hubo cambios de criterio respecto de gobiernos anteriores.
Hay además una cifra que exige cuidado. Según la reforma constitucional, se habrían concedido 332 beneficios en los últimos gobiernos: 276 durante la administración de Gabriel Boric y 56 durante la actual. Las notas no aclaran si son beneficios de la misma naturaleza ni de períodos equivalentes. Si fuera así, la práctica no es nueva. Pero eso no la justifica: indica que el problema cruza gobiernos, y que cada uno tiene que responder por lo que firma.
Lectura editorial
Creemos que, si los hechos son los que informan las cifras oficiales, estamos ante un fallo grave de criterio. No de legalidad, que decidirán los tribunales, sino de criterio.
Un gobierno con una lectura dudosa de la ley tiene dos caminos. Puede conceder el beneficio y esperar que alguien lo cuestione, o puede negarlo y dejar que un juez lo ordene. En el segundo, la responsabilidad queda en el Poder Judicial. En el primero, queda en quien firma. El Gobierno eligió el primero, 56 veces, en seis meses, para delitos sexuales contra niños.
Que la Constitución obligue a publicar los actos administrativos no responde a la pregunta de fondo. La respuesta del ministro, «lea la Constitución», es un argumento sobre la transparencia, no sobre la decisión. Nadie dice que los decretos fueran secretos. Se dice que no debieron firmarse.
También es necesario ser justos. Las rebajas por buena conducta existen para incentivar la reinserción, y en general son una política razonable. El problema es que, para esta clase de delitos, el legislador decidió que no. Si el Gobierno piensa que esa decisión fue un error, que lo diga y que presente un proyecto. Lo que no puede hacer es aplicar en silencio una lectura que desarma la voluntad del Congreso.
Por último, hay una cuestión de confianza. Un gobierno que acusa de «mala intención» a quien informa de actos públicos, firmados por el Presidente, pierde autoridad moral para exigir otra cosa a la prensa. La respuesta correcta a una pregunta incómoda son datos: cuántos años, cuántos liberados, cuántos antes de 2022.
Qué vigilar
Hay cinco cosas. Las cifras que entregue el Ministerio: años rebajados, personas liberadas, fecha de los hechos. Si la oposición logra las firmas para interpelar al ministro. El avance de la reforma constitucional de Renovación Nacional y del proyecto de la senadora Núñez. Si la Defensoría de la Niñez presenta acciones administrativas o judiciales. Y qué hace la Corte Suprema, que tendrá que aclarar si hay una sola doctrina o varias.
Conclusión
Entre marzo y septiembre, el Ministerio de Justicia firmó 56 rebajas de condena a abusadores y violadores de menores, sin que ningún juez se lo ordenara. El Gobierno dice que solo cumplió la ley, pero la propia Corte Suprema ha dicho este año, en al menos un caso, que la ley lo obliga a lo contrario. Mientras no se conozcan los años rebajados y las personas liberadas, la confianza queda en pausa. El país merece esas cifras, y las víctimas merecen que alguien responda por cada firma.
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