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EL CONGRESO DESPACHA LA LEY DE EXPULSIONES: LA PDI PODRÁ ENTRAR A DOMICILIOS CON AUTORIZACIÓN JUDICIAL Y HAY CERCA DE 40 MIL ÓRDENES SIN EJECUTAR

EL CONGRESO DESPACHA LA LEY DE EXPULSIONES: LA PDI PODRÁ ENTRAR A DOMICILIOS CON AUTORIZACIÓN JUDICIAL Y HAY CERCA DE 40 MIL ÓRDENES SIN EJECUTAR

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Por Redacción VDI Global

Las personas extranjeras en situación irregular a las que se refiere esta ley gozan de presunción de inocencia respecto de cualquier delito que se les impute, y la expulsión administrativa no es una sanción penal.

El Congreso despachó a ley el martes 20 de octubre el proyecto que perfecciona el procedimiento de expulsión administrativa de extranjeros en situación migratoria irregular. Nació en el gobierno de Gabriel Boric y fue reformulado por la administración de José Antonio Kast. Hay cerca de 40 mil órdenes de expulsión pendientes de ejecución. La nueva norma permite a la PDI pedir a un juez autorización para entrar a domicilios, sube de tres a cinco años la prohibición mínima de reingreso y abre la expulsión inmediata para algunos imputados por delitos menores.

Qué aprobó el Congreso

La Cámara de Diputados respaldó el proyecto el lunes 20 de octubre y el Senado lo aprobó el martes, por 37 votos a favor y una abstención: la de la senadora Claudia Pascual, del Partido Comunista. Las notas consultadas no explican los motivos de esa abstención.

La votación final era el último trámite. El proyecto había pasado por una comisión mixta, el mecanismo que resuelve las diferencias entre ambas cámaras, y cada una debía votar su informe. Quedó listo para su promulgación.

La ley se inscribe en una agenda de seguridad más amplia del Ejecutivo. Según los reportes, el gobierno esperaba que se sumara a la ley de flagrancia y a las reglas del uso de la fuerza, ya aprobadas, y consideraba clave acelerar ese conjunto de medidas.

Un proyecto con dos gobiernos

Conviene registrar el origen. El proyecto comenzó con un mensaje del expresidente Boric. El presidente Kast lo reformuló mediante indicaciones, es decir, con cambios introducidos durante la tramitación en el Congreso.

Esto dice algo sobre el tema. La necesidad de reforzar las expulsiones no es una bandera de un solo sector: la inició un gobierno de izquierda y la completó uno de derecha. Que un texto sobreviva a un cambio de administración y obtenga 37 votos a favor con una sola abstención en el Senado es poco frecuente en la política chilena actual.

Los cambios principales

La nota que reporta la aprobación describe cuatro grandes modificaciones.

Ingreso a domicilios. La Policía de Investigaciones podrá pedir autorización a un juez de garantía para entrar al inmueble donde se encuentre un extranjero con orden de expulsión administrativa firme. Antes de pedirla, deberá consultar al Ministerio Público si existen investigaciones en curso relacionadas con la persona o con el inmueble. La clave está en la palabra «autorización»: la entrada no es automática, la decide un juez.

Datos para notificar. El Servicio Nacional de Migraciones podrá solicitar antecedentes, como domicilio y correo electrónico, a personas naturales, a empresas y a funcionarios públicos. La ley pone un límite expreso: no podrá exigirlos a niños, niñas y adolescentes, ni a establecimientos educacionales ni a centros de salud, públicos o privados.

Expulsión inmediata. Migraciones podrá pedir autorización judicial para expulsar de inmediato a extranjeros irregulares que estén formalizados, acusados o requeridos por un simple delito, siempre que la pena concreta no supere los tres años de presidio y no tengan condenas previas por crimen o simple delito. El Ministerio Público podrá intervenir para resguardar sus investigaciones.

Causales y reingreso. Las graves alteraciones del orden público pasan a ser una causal para que el subsecretario del Interior decrete una expulsión administrativa. Además, el plazo mínimo de prohibición de reingreso sube de tres a cinco años.

El problema que intenta resolver

La cifra que explica la ley es una: cerca de 40 mil órdenes de expulsión pendientes de ejecución. Son decisiones que el Estado ya tomó y que no se han cumplido.

Esa distancia entre lo que se resuelve y lo que se ejecuta es el núcleo del problema. Una orden de expulsión firme es el final de un procedimiento administrativo. Si no se cumple, el procedimiento pierde sentido y el mensaje que recibe quien ingresó de forma irregular es que la orden no tiene consecuencias.

Las notas consultadas no explican por qué se acumularon esas órdenes. Los obstáculos habituales son prácticos: encontrar a la persona, notificarla, coordinar el traslado y la aceptación del país de destino. Las nuevas facultades apuntan a los dos primeros: ubicar a quien debe ser expulsado y obtener los datos para notificarlo.

Lo que la ley no cambia

Es importante no exagerar su alcance. La expulsión administrativa sigue siendo un procedimiento que requiere una orden firme. La entrada a un domicilio requiere a un juez de garantía. La expulsión inmediata también necesita autorización judicial, y está acotada a delitos menores, con penas concretas de hasta tres años y sin condenas previas.

Tampoco habilita a pedir información a escuelas ni a centros de salud, ni a recabar datos de menores. Esa excepción refleja una preocupación conocida: que el temor a ser denunciado aleje a las familias de la atención médica o de la educación de sus hijos.

Lo que las fuentes no dicen

Las notas consultadas no incluyen declaraciones textuales de autoridades sobre la ley, ni críticas de organizaciones de derechos humanos o de especialistas en migración. No informan cuándo se promulgará ni si será sometida a control del Tribunal Constitucional. No hay estimaciones de cuántas expulsiones adicionales se lograrían, ni de cuántos recursos más necesitarán Migraciones y la PDI para aplicarla. Tampoco explican la abstención de la senadora Pascual.

Los números de expulsiones realizadas en 2026 no pudieron verificarse en las fuentes disponibles, por lo que este artículo no los usa.

Por qué importa fuera del Congreso

Para quien vive en Chile, el efecto no se verá en la votación sino en la rutina de las instituciones. Una empresa podría recibir pedidos de datos de Migraciones sobre sus trabajadores. Un funcionario público también. Una familia podría ver llegar a la PDI con autorización de un juez. Esos son cambios concretos en la relación entre el Estado y las personas, y por eso conviene que las reglas sean claras, que los plazos se respeten y que cada actuación quede registrada. Una política migratoria firme gana legitimidad cuando es previsible.

Lectura editorial

Creemos que esta ley es una decisión razonable en lo esencial, con tres advertencias.

La primera es sobre el orden. Un país tiene derecho a decidir quién entra y quién permanece en su territorio, y un sistema que acumula 40 mil órdenes sin ejecutar no está cumpliendo su función. Que una ley intente cerrar esa brecha es una buena noticia, y que haya sido respaldada por casi todo el Senado muestra que la preocupación es compartida.

La segunda es sobre las garantías. Casi todas las facultades nuevas pasan por un juez: la entrada a domicilios, la expulsión inmediata. Ese diseño es la mejor defensa de la ley. Su aplicación decidirá si el equilibrio se sostiene. Si los jueces de garantía autorizan sin revisar, la salvaguarda se vuelve formal. Si revisan con cuidado, el procedimiento puede ser más lento de lo que el gobierno espera.

La tercera es sobre la capacidad. Una ley no ejecuta expulsiones; las ejecutan funcionarios, vuelos, convenios con los países de origen y presupuesto. Los 40 mil casos no se resolverán por decreto. Si el Estado no aumenta sus medios, la ley puede quedar como una buena norma sin efecto práctico.

Hay además una pregunta política. Esta es una de las tres leyes de seguridad que el gobierno de Kast quería ver aprobadas. Un gobierno con una agenda de seguridad exitosa en el Congreso gana capital político. Pero el capital se mide en resultados: cuántas órdenes se ejecutan en los próximos meses y a qué costo.

Por último, un llamado a la prudencia en el lenguaje. Los extranjeros en situación irregular no son delincuentes por ese hecho: es una infracción administrativa. Mezclar migración con delincuencia es un error analítico y un error político. La ley distingue entre quien tiene una orden de expulsión firme y quien está imputado por un delito, y ese matiz debe mantenerse en el debate.

Qué vigilar

Hay cinco cosas. La fecha de promulgación y su publicación en el Diario Oficial. Si alguna parte de la ley es impugnada ante el Tribunal Constitucional. Cuántas autorizaciones de ingreso a domicilios piden la PDI y Migraciones, y cuántas aprueban los jueces de garantía. La evolución de las 40 mil órdenes pendientes en los próximos meses. Y la respuesta de los países de origen, cuya cooperación es indispensable para concretar los traslados.

Conclusión

El Congreso aprobó con amplio respaldo una ley que busca que las órdenes de expulsión se cumplan. Ofrece herramientas nuevas, las somete a control judicial y fija límites claros para menores, escuelas y centros de salud. El desafío ahora no está en el Parlamento: está en la PDI, en Migraciones y en los tribunales. En unos meses se sabrá si cerca de 40 mil órdenes dejan de ser papeles pendientes.

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