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¿PERSECUCIÓN A LA PRENSA? UNA CORTE CONDENA A RADIO BÍO BÍO POR LAS COMILLAS EN LA PALABRA «MACHI» EN UN REPORTAJE SOBRE UN RITUAL CON DOS MUERTOS

¿PERSECUCIÓN A LA PRENSA? UNA CORTE CONDENA A RADIO BÍO BÍO POR LAS COMILLAS EN LA PALABRA «MACHI» EN UN REPORTAJE SOBRE UN RITUAL CON DOS MUERTOS

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Por Redacción VDI Global

La mujer a la que se refiere el reportaje, cuyo nombre no reproducimos, goza de presunción de inocencia respecto de cualquier delito que se le impute mientras no exista una sentencia firme. El fallo comentado no discute los hechos del reportaje, sino su titular y el uso de comillas.

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia condenó a Radio Bío Bío por un reportaje de su unidad de investigación sobre un ritual que terminó con dos personas muertas, una de ellas una adolescente de 15 años. Según la radio, el fallo se basa solo en el título y en las comillas puestas a la palabra «machi» en 4 de las 33 veces que aparece, y ninguna de las dos instancias cuestionó la veracidad de los hechos. El medio anunció un recurso de casación ante la Corte Suprema, que su abogado considera «un atentado contra el derecho a la libertad de informar».

Qué resolvió la Corte de Valdivia

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia resolvió contra Radio Bío Bío por un reportaje de su unidad de investigación titulado «La “machi” de los sacrificios: la oscura trama detrás de ritual que terminó con dos personas muertas». El texto circuló en septiembre de 2025.

Según el relato de la propia radio, el tribunal reprochó dos cosas: el título del reportaje y las comillas con que se escribió la palabra «machi». Esas comillas aparecen en 4 de las 33 menciones del término en el texto. La radio afirma que ni el fallo de primera instancia ni el de la Corte de Apelaciones cuestionaron los hechos que el reportaje cuenta ni su exactitud.

El fallo se apoyó, de acuerdo con esa versión, en una ley antidiscriminación. Las notas consultadas no precisan ninguna multa, orden de retiro de contenido ni otra sanción más allá de la condena misma.

De qué trata el reportaje

El reportaje se refiere a una mujer que se presenta como machi, la autoridad espiritual y medicinal del pueblo mapuche, y a un ritual que terminó con la muerte de dos personas. Una de ellas era una niña de 15 años. Hubo una investigación penal posterior.

Un dato periodístico central es que, según el reportaje, parte de las comunidades huilliche de Río Bueno no reconoce a esa mujer como autoridad espiritual. Eso explica el uso de comillas: indicar que el título de machi es discutido dentro de la propia comunidad. Es decir, las comillas no serían un desprecio hacia la cultura mapuche, sino una forma de atribuir un título que otros no aceptan.

La radio sostiene que ese hecho es relevante periodísticamente. Parece difícil negarlo: cuando alguien se presenta con una autoridad cultural y su propia comunidad la disputa, informar esa disputa es parte de contar la historia completa.

Lo que sostiene el medio

El abogado de la radio, Alejandro Espinoza, anunció que recurrirán de casación ante la Corte Suprema para anular el fallo. Sus argumentos, tal como los reporta la radio, son cuatro.

El primero es constitucional: el fallo vulneraría el derecho a informar y a emitir opinión que garantiza el artículo 19 número 12 de la Constitución, además de tratados internacionales de derechos humanos.

El segundo es de precedente. Un tribunal estaría decidiendo qué palabras puede usar un medio en un titular. La radio advierte que ese criterio, si se mantiene, podría acabar con las líneas editoriales, la crítica política, el humor y la opinión sobre temas controvertidos. Espinoza dijo que sería el fin de la libertad de un medio para tener una línea editorial.

El tercero es periodístico: la disputa dentro de las comunidades es un hecho relevante.

El cuarto es el más fuerte: los dos fallos no cuestionaron que lo informado sea verdadero. Si la verdad no está en discusión y el reproche es de estilo, la pregunta es dónde queda el límite entre corregir un lenguaje ofensivo y regular el modo de titular.

Lo que hay que decir a favor de la otra posición

Una lectura honesta exige exponer el argumento contrario. La ley antidiscriminación existe para proteger a personas y pueblos frente a tratos que los degradan. Las comillas, en ciertos contextos, pueden leerse como una forma de deslegitimar una identidad. Y un título con la expresión «de los sacrificios» puede interpretarse como estigmatizante hacia una figura cultural y, por extensión, hacia un pueblo.

Es una preocupación genuina. Chile tiene una larga historia de tratamiento ambiguo hacia el pueblo mapuche en la prensa, y es legítimo exigir cuidado. Quien dice que el lenguaje importa tiene razón.

El problema aparece cuando el cuidado se transforma en un control judicial del titular. Una cosa es que un medio rectifique, otra que un tribunal lo condene por cómo escribió una palabra en un texto cuya veracidad nadie cuestiona.

Qué es el recurso que viene

El recurso de casación es el instrumento con que se pide a la Corte Suprema que anule una sentencia por errores de derecho, no que revise los hechos de nuevo. Eso encaja con la estrategia de la radio: como nadie discute la veracidad, el debate es jurídico. La Suprema deberá decidir si la ley antidiscriminación fue bien aplicada y si el fallo respetó el derecho a informar que protege la Constitución. Es una discusión de principios, y por eso su resultado servirá de guía para jueces y redacciones en todo el país.

Lo que las fuentes no dicen

Todo lo anterior descansa en una sola fuente: el relato del propio medio condenado. La nota no incluye la versión de la persona que presentó la acción, ni el texto del fallo, ni los fundamentos jurídicos exactos de la Corte de Valdivia. No se informa quién demandó, qué reparación pidió ni qué efecto concreto tiene la condena. No hay plazo conocido para el recurso. Tampoco se identifica a los periodistas del reportaje. Una parte interesada cuenta el caso, y hasta que se conozca el texto completo de la sentencia, conviene mantener cautela sobre su alcance.

Lectura editorial

Creemos que este caso merece atención por tres motivos.

El primero es la libertad de prensa. Que una corte condene a un medio por un titular y por comillas, sin discutir la verdad de lo informado, abre una puerta peligrosa. Si hoy se reprochan unas comillas, mañana puede reprocharse un adjetivo. La prensa se equivoca, a veces exagera y a veces es injusta, pero el remedio para esos errores es la rectificación y la crítica pública, no la condena por el estilo.

El segundo es la protección de las personas. Hay un deber de no tratar con desprecio a ninguna comunidad, y ese deber no desaparece porque el reportaje sea veraz. Un medio puede informar un hecho gravísimo y aun así elegir un lenguaje más cuidadoso. Pensamos que ambos valores pueden convivir.

El tercero es el contexto del título de esta nota. La pregunta del titular, ¿persecución a la prensa?, es una pregunta editorial de VDI Global y no una afirmación. No hay en las fuentes ningún elemento que permita decir que el fallo responda a una intención de perseguir a la prensa ni a intereses de terceros. Lo que sí hay es un precedente que, si se confirma, afectaría a todos los medios, también a los que no comparten la línea de la radio. Por eso el caso importa más allá de quién lo protagoniza.

Un último punto. Defender a un medio en un caso no obliga a defender todo lo que publica. Podemos sostener que la condena es excesiva y, a la vez, que el debate sobre cómo se informa de temas indígenas es legítimo.

Qué vigilar

Hay cuatro cosas. Si la Corte Suprema admite el recurso de casación y cuándo lo resuelve. Qué criterio fija sobre el alcance de la ley antidiscriminación frente a la libertad de informar. Si otros medios y gremios de periodistas se pronuncian. Y si el texto completo de la sentencia confirma que no hubo cuestionamiento a la veracidad, como afirma la radio.

Conclusión

Una corte condenó a una radio por el título y las comillas de un reportaje sobre un ritual con dos muertos, sin cuestionar los hechos que contó. La radio irá a la Corte Suprema, que tendrá que decidir si regular un titular es proteger a una comunidad o limitar a la prensa. La respuesta fijará un precedente para todos los medios del país, y de ella depende cuánto margen tendrá el periodismo para informar con crudeza sobre temas incómodos.

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